Condiciones de venta y suministro de Kirchner, Fischer & Co.
1 Ámbito de aplicación de las presentes condiciones
a) Las entregas, servicios y ofertas del vendedor se dirigen exclusivamente a empresarios en el sentido del § 14 BGB y se realizan exclusivamente en base a estas condiciones de venta y entrega. Se aplican a todos los contratos celebrados entre las partes y se extienden a las ofertas, el asesoramiento y otros servicios contractuales.
b) Las desviaciones de estas Condiciones de Venta y Suministro sólo serán efectivas si el Vendedor las confirma por escrito. Las condiciones generales del comprador no son válidas y quedan rechazadas. Los Términos y Condiciones de Venta y Entrega del Vendedor también se aplicarán si el Vendedor acepta el cumplimiento del Comprador sin reservas a sabiendas de los términos y condiciones que entren en conflicto o se desvíen de estos Términos y Condiciones de Venta y Entrega. Ni la falta de oposición, ni el pago, ni la aceptación de la mercancía supondrán el reconocimiento de las condiciones de terceros.
c) Si existe un acuerdo marco entre el Comprador y el Vendedor, estas Condiciones Generales de Venta y Suministro se aplicarán tanto al acuerdo marco como a los contratos de compra individuales.
d) Al enviar su pedido, el comprador declara de forma vinculante que es un empresario en el sentido del artículo 14 del Código Civil alemán (BGB). No se aceptarán ni ejecutarán pedidos de consumidores en el sentido del artículo 13 del Código Civil alemán (BGB).
2 Celebración del contrato, modificaciones del contrato y forma escrita
a) Todas las ofertas realizadas por el vendedor están sujetas a cambios y no son vinculantes hasta la celebración del contrato y están sujetas a la venta previa, a menos que se acuerde expresamente lo contrario.
b) El contrato se perfecciona cuando el vendedor confirma o cumple el pedido del comprador por escrito en un plazo de 2 semanas a partir de su recepción. Salvo que el vendedor confirme lo contrario por escrito, su factura se considerará una confirmación del pedido, a menos que ya se haya efectuado la entrega propiamente dicha.
c) En el caso de pedidos por escrito, el vendedor se guiará por el número de artículo y no por la descripción. Si el Comprador es un comerciante, sólo la confirmación por escrito del Vendedor será autoritativa para el contenido de los pedidos y acuerdos, a menos que el Comprador se oponga inmediatamente por escrito. Esto se aplica en particular a los pedidos y acuerdos verbales o telefónicos. En cualquier caso, una notificación al vendedor deja de ser inmediata si el vendedor no la recibe en un plazo de dos días a partir de que el comprador haya recibido la confirmación por escrito del vendedor.
d) Cualquier modificación o adición al contrato, con la excepción de una modificación de las condiciones de venta y entrega para el futuro previa notificación al Comprador de conformidad con la Cláusula 1, exigir la confirmación por escrito del vendedor para que sea efectiva. Esto también se aplica a las desviaciones de los requisitos contractuales de forma escrita.
3. entrega y plazos de entrega
a) Salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario por escrito, las mercancías se enviarán EXW (ex works, Incoterms 2010) desde el almacén de Elmshorn.
b) La autoentrega correcta y puntual queda reservada si el comprador es un comerciante.
c) En ausencia de instrucciones especiales del Comprador, el Vendedor seleccionará la ruta de transporte según su mejor criterio, sin responsabilidad por el transporte más barato y/o seguro.
d) Todos los acuerdos y promesas de fechas o plazos de entrega deben hacerse por escrito para que surtan efecto. Un requisito previo para el cumplimiento de los plazos de entrega acordados es el cumplimiento puntual de las obligaciones contractuales asumidas por el comprador, en particular la realización del pago acordado y, en su caso, la constitución de las garantías acordadas.
e) En caso de retraso en la entrega, el Comprador sólo tendrá derecho a reclamar daños y perjuicios si ha transcurrido sin resultado un plazo de gracia razonable fijado por escrito por el Comprador tras producirse el retraso y éste es culpa del Vendedor.
f) Las mercancías notificadas como listas para su expedición deberán retirarse inmediatamente cuando se alcance la fecha de entrega. Si el envío se retrasa debido a circunstancias de las que es responsable el comprador, éste incurrirá en mora a partir de la fecha de notificación de la disponibilidad para el envío.
4. fuerza mayor
En casos de «fuerza mayor», es decir, dificultades imprevistas debidas a escasez natural de materias primas, restricciones operativas y paradas, así como interrupciones imprevisibles de la producción en el vendedor o sus proveedores, inundaciones, tormentas y condiciones meteorológicas severas, órdenes y/o controles gubernamentales y oficiales, obstrucción total o parcial en el crecimiento de la cosecha, y otros acontecimientos de los que el vendedor no es responsable, el vendedor tendrá derecho a posponer la fecha de entrega anunciada o acordada en consecuencia. El Vendedor está obligado a informar inmediatamente al Comprador de tales circunstancias en cuanto tenga conocimiento de ellas. Si un retraso en la ejecución debido a «fuerza mayor» no es razonable para una de las partes, ésta tendrá derecho a rescindir el contrato.
5. seguro de transporte, peaje y recargos por gasóleo
El comprador es libre de contratar un seguro de transporte adicional. En este caso, el vendedor cobrará un 1% adicional del precio neto de compra de todos los artículos en concepto de gastos de seguro. Si no se solicita un seguro de transporte, el vendedor realiza la entrega exclusivamente por cuenta y riesgo del comprador (no hay derecho a reclamación en caso de daños durante el transporte). El vendedor indica por separado los peajes actuales.
6. primeras entregas
Las entregas iniciales sólo se realizan contra reembolso o pago por adelantado.
7 Precio, costes y valor mínimo del pedido
a) El precio será EXW (ex works, Incoterms 2010) desde el domicilio social del Vendedor o directamente desde el centro de distribución de Elmshorn o el domicilio social del proveedor anterior y más cualquier impuesto sobre el valor añadido aplicable, a menos que se acuerde lo contrario por escrito en casos individuales. El precio no incluye gastos de envío, peajes, recargos por gasóleo y otras tasas y cánones percibidos por terceros públicos o privados. Lo mismo se aplica a los gastos de transporte, salvo que se acuerde expresamente otra cosa. Los gastos de seguro no están incluidos en el precio indicado. 5.
b) En Alemania, el importe mínimo del pedido es de 150 euros. Hasta 250,- € de valor del pedido mostramos los gastos de transporte actuales. A partir de un valor neto de pedido de € 250,- el vendedor entrega ex almacén Elmshorn a portes pagados. El valor mínimo del pedido para los países extranjeros es de 500 euros. El vendedor puede modificar los recargos por cantidades mínimas y las tarifas fijas antes mencionados, incluso aumentarlos, si aumentan sus propios costes de procesamiento de cantidades mínimas o sus propios costes de flete y embalaje. Sin embargo, esto no se aplica retroactivamente a los contratos de suministro ya celebrados. Salvo acuerdo en contrario, el vendedor se atendrá a los precios por él cotizados durante 30 días a partir de la fecha de cotización. Los aumentos de precio resultantes de medidas oficiales posteriores a la celebración del contrato, causados por impuestos, derechos de aduana, gastos de transporte, tipos de cambio u otros gravámenes o incrementos de cualquier tipo, correrán siempre a cargo del comprador.
c) En el caso de ventas a petición, el Vendedor estará vinculado al precio confirmado durante un periodo de tres meses a partir de la fecha de confirmación del pedido. Si la mercancía se retira después de la expiración de este plazo, el vendedor tendrá derecho a cobrar los precios aplicables en el momento de la retirada.
8. devolución del embalaje
a) En caso de que el vendedor esté obligado, en virtud del reglamento alemán de embalajes, a aceptar la devolución gratuita de los embalajes de transporte, servicio o venta, el lugar de devolución será la sede del vendedor.
b) El embalaje sólo puede devolverse durante el horario comercial del vendedor. Las cantidades mayores deben anunciarse con antelación. El embalaje devuelto debe estar limpio y libre de materias extrañas. En caso contrario, el vendedor tendrá derecho a una indemnización por los gastos adicionales ocasionados durante la enajenación.
9. reserva de dominio
a) El Vendedor conserva la propiedad de los productos entregados hasta que todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial con el Comprador hayan sido pagadas en su totalidad.
b) La transformación o tratamiento de la mercancía reservada por parte del Comprador se realizará siempre por cuenta del Vendedor, sin que el Vendedor incurra por ello en obligación alguna. El vendedor tendrá derecho a la propiedad de los artículos nuevos en su respectivo estado de tratamiento o transformación. Si la mercancía reservada del vendedor se transforma, trata, mezcla, combina o combina con otros productos que no le pertenecen, tendrá derecho a la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del precio de factura de la mercancía reservada con respecto al precio de factura de los otros productos.
c) El comprador podrá vender las mercancías sujetas a reserva de dominio que sean propiedad exclusiva o conjunta del vendedor en el curso normal de sus negocios; el comprador no está autorizado a pignorarlas, transferirlas a modo de garantía o cederlas a modo de garantía. El Comprador cede por adelantado al Vendedor todos los derechos que le correspondan por la reventa de la mercancía reservada o de los productos resultantes de la transformación, tratamiento, mezcla, combinación o unión. Esto también se aplica si los productos se venden junto con otros productos que no pertenecen al vendedor a un precio total. Si un tercero ha adquirido derechos de propiedad o copropiedad sobre los productos como consecuencia de su transformación, tratamiento, mezcla o combinación, el Comprador cede por anticipado al Vendedor los derechos que le correspondan frente al tercero. Las cesiones en el sentido de este apartado sólo se realizarán siempre hasta el importe del precio de factura de la mercancía reservada. El comprador está autorizado a cobrar los créditos cedidos hasta su revocación, que es admisible en cualquier momento.
El Vendedor acepta las cesiones del Comprador previstas en esta cláusula.
d) El vendedor se compromete a liberar las garantías a las que tiene derecho de acuerdo con las disposiciones anteriores a su discreción a petición del comprador en la medida en que su valor supere los créditos a garantizar en más de un 10%.
e) Si se requiere la cooperación del comprador para que la retención de la titularidad sea efectiva, por ejemplo en el caso de registros requeridos por la ley del país del comprador, el comprador deberá realizar dichos actos.
f) Si el comprador se retrasa en un pago, el vendedor puede prohibirle disponer de la mercancía reservada en su totalidad o, a su discreción, también en parte, por ejemplo, sólo la venta o el procesamiento posterior, etc.
g) Si el comprador cumple los requisitos objetivos de la obligación de declaración de concurso, deberá abstenerse de cualquier enajenación de los bienes sujetos a reserva de dominio, cualquiera que sea su clase, sin necesidad de la correspondiente solicitud. El comprador está obligado a notificar inmediatamente al vendedor las existencias de mercancías sujetas a reserva de dominio. En este caso, el vendedor también tiene derecho a rescindir el contrato y exigir la devolución de la mercancía reservada. Si la mercancía sujeta a reserva de dominio ha sido procesada, tratada, mezclada o combinada con otros productos, el Vendedor tendrá derecho a exigir que se entregue a un fiduciario; el Comprador estará obligado a notificar a todos los copropietarios de la mercancía sujeta a reserva de dominio con su razón social o nombre, dirección y cuota de copropiedad. Lo mismo se aplicará mutatis mutandis a las reclamaciones cedidas al Vendedor de conformidad con los párrafos anteriores; además, el Comprador deberá, sin que se le solicite, remitir al Vendedor copias de los nombres y direcciones de todos los deudores y de los documentos acreditativos de las reclamaciones contra ellos.
10. propiedades del producto
a) El Vendedor entregará los productos en una calidad que corresponda a una primera elección según las directrices de clasificación del Vendedor. Este producto puede someterse a los requisitos comerciales habituales en cuanto a limpieza y belleza de la superficie.
b) Debido a los distintos materiales y procesos de fabricación, a menudo pueden producirse diferencias de color en una serie en función de las condiciones de iluminación. Las desviaciones relacionadas con la fabricación en dimensiones, contenidos, pesos, colores y acabados superficiales que estén dentro de la tolerancia comercial habitual no son defectos. Por motivos de impresión, puede haber desviaciones de color entre las ilustraciones del folleto/catálogo y el producto.
c) Los productos de limpieza ácidos y/o corrosivos pueden causar daños si se utilizan incorrectamente.
d) El vendedor se reserva el derecho a realizar pequeños cambios en los diseños, colores y formas.
e) Las mercancías de grado II o grado mínimo no cumplen las directrices de clasificación del vendedor y no cumplen los requisitos habituales de diseño y calidad.
f) Los signos típicos de desgaste (por ejemplo, abrasión del metal o abrasión causada por agentes abrasivos) o el deterioro de las propiedades de la superficie son inevitables según el estado de la técnica y no constituyen un defecto.
11 Defectos y garantía
a) El Comprador deberá inspeccionar la mercancía inmediatamente después de la entrega, corriendo con los gastos, y notificar al Vendedor por escrito cualquier defecto reconocible, así como entregas incorrectas o deficiencias en la cantidad sin demora, a más tardar tras un periodo preclusivo de siete días. Los defectos ocultos deben comunicarse al vendedor por escrito inmediatamente después de descubrirlos. En caso contrario, la mercancía se considerará aprobada.
b) Un exceso habitual o una entrega corta no constituyen un defecto. Las desviaciones de hasta el 5% se consideran habituales en el comercio.
c) El periodo de garantía es de 1 año a partir de la entrega. Los plazos de prescripción en el caso de un recurso de entrega de acuerdo con §§ 478, 479 BGB no se verán afectados por este reglamento. Las reclamaciones por daños y perjuicios basadas en defectos y las reclamaciones de reembolso de gastos debidas a negligencia grave, dolo o incumplimiento de obligaciones contractuales materiales (véanse las disposiciones del apartado 13 «Responsabilidad») no están limitadas por esto. Esto tampoco afecta a las reclamaciones por daños y perjuicios debidos a lesiones contra la vida, la integridad física o la salud, o en virtud de la ley de responsabilidad por productos defectuosos.
d) Las declaraciones con las que el comprador haga valer cualquier derecho de garantía (solicitudes de cumplimiento posterior, declaraciones de desistimiento, solicitudes de reducción del precio de compra y/o de indemnización) deberán realizarse por escrito para que sean válidas.
12. responsabilidad
a) Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios de cualquier tipo contra el vendedor y sus representantes legales y auxiliares ejecutivos, salvo en caso de dolo o negligencia grave o incumplimiento de una obligación contractual esencial. Una obligación contractual esencial en este sentido significa cualquier obligación cuyo cumplimiento sea esencial para la correcta ejecución del contrato y en cuyo cumplimiento pueda confiar regularmente el comprador.
b) En ausencia de dolo, la responsabilidad se limitará a los daños típicamente previsibles.
c) Las anteriores limitaciones y exclusiones de responsabilidad no se aplican a la responsabilidad en virtud de la ley de responsabilidad por productos defectuosos o en casos de lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
d) Se renuncia a las reclamaciones de reembolso de gastos por parte del cliente de acuerdo con el § 284 BGB en la medida en que se excluya una reclamación de indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación de acuerdo con las disposiciones anteriores.
13. pago
a) Salvo que se acuerde expresamente otro plazo de pago en el contrato, el pago deberá efectuarse a más tardar 10 días después de la fecha de la factura. Transcurrido este plazo, el comprador incurre en mora. El tipo de interés por defecto es 9 puntos porcentuales superior al tipo básico. El vendedor se reserva el derecho de probar y reclamar mayores daños causados por el retraso. Los gastos de reclamación y cobro, así como cualquier otro gasto, correrán a cargo del comprador.
b) El comprador sólo tendrá derecho a compensación y retención si y en la medida en que sus contrademandas se encuentren en una relación recíproca (§ 320 BGB) con las reclamadas por el vendedor o estén legalmente establecidas, sean indiscutibles o estén reconocidas por el vendedor. Además, el comprador sólo está autorizado a ejercer un derecho de retención en la medida en que su demanda reconvencional se base en la misma relación contractual.
c) Si tras la celebración del contrato se pone de manifiesto que la reclamación de pago del vendedor se ve comprometida por la incapacidad de pago del comprador, todas las reclamaciones pendientes vencerán inmediatamente; esto no limitará las objeciones y defensas del comprador que no consistan en el hecho de que se haya acordado una fecha de pago posterior.
d) En caso de que el vendedor esté obligado a cumplir por adelantado, podrá negarse a cumplir sus obligaciones si después de la celebración del contrato se pone de manifiesto que su derecho a la contraprestación se ve comprometido por la incapacidad del comprador para pagar. El derecho a denegar el cumplimiento no se aplica si la contraprestación se realiza o se ofrece una garantía por ella. El vendedor podrá fijar un plazo razonable en el que el comprador deberá, a su elección, entregar la contraprestación simultáneamente con el servicio o constituir una garantía. Si el plazo expira sin resultado, el vendedor puede rescindir el contrato.
14 Lugar de cumplimiento, jurisdicción y legislación aplicable
a) El lugar de cumplimiento para todos los litigios derivados de la relación comercial es Elmshorn. Si el comprador es un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público, se acuerda Hamburgo como fuero jurisdiccional adicional para todos los litigios derivados del presente contrato. Alternativamente, el demandante tiene derecho a recurrir ante el tribunal de arbitraje de la Cámara de Comercio de Hamburgo. Si esto ocurre, el tribunal de arbitraje tendrá jurisdicción exclusiva. El lugar del arbitraje es Hamburgo, el idioma del procedimiento es el alemán.
b) Se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania. No se aplicarán las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
15. protección de datos
El vendedor tendrá derecho a procesar y almacenar los datos sobre el comprador recibidos en relación con la relación comercial -incluso si dichos datos proceden de terceros- en el sentido de la Ley Federal Alemana de Protección de Datos (BDSG) y a que dichos datos sean procesados y almacenados por terceros encargados por el vendedor.